En términos generales, podemos decir que la decisión que el sujeto adopte se va a plantear entre: el hacer lo que debe, y, el hacer lo que no debe. (Deber en el sentido ético de la palabra).

Para muchos profesionales, siempre la decisión tiene este carácter bipolar.

Por otro lado, lo que quiera que haya de hacerse, es decir, el hacer que se decida hacer, ha de ser realizable y factible.

Esto es: en todo instante, lo que yo he de decidir hacer, es sobre lo que es posible hacer.

No se puede hacer (empíricamente hablando) sobre una situación imaginada, deseada o anhelada. “Se está en la realidad de una situación, y hay que hacer sobre la realidad de esa situación”. Es decir: Hay que tomar conciencia de la realidad propia (de mí realidad), de mi aquí y ahora.

Visto esto, se puede definir la culpa como un fenómeno que el hombre experimenta como consecuencia de una acción de determinada índole, en la que se viola “un principio rector”, pero un principio rector de la realidad en donde vive y se desarrolla, en una palabra, de su realidad, de la cual él mismo es parte y relación.

 

Cardinalmente importante es señalar la responsabilidad de toda decisión (se decida sobre lo que se decida). Toda decisión lleva consigo un hacer y, por tanto, somos responsables de nuestras decisiones, porque son nuestros hechos.

Además, lo que hacemos, siempre tiene un aspecto relacional: “todo hacer es un hacer para…, que trasciende al propio sujeto, y que predica del sujeto que hace:  nos habla de él”.