De unos años a esta parte, en lo ligado a algunos jueces de familia, se ha adoptado la costumbre de requerir, mediante exhorto, la historia clínica de algún paciente. Incluso, normalmente en separaciones y custodias.

Se debe saber, que jamás se facilita ni se debe facilitar una historia clínica,

 Todo paciente, tiene derecho a exigir garantía de que su intimidad queda preservada, y una consulta psicológica, contiene referencias a actuaciones íntimas o privadas, a tercero, y sucesos que siempre mantendrán su secreto.

Diré además, que la historia clínica que uno redacta, es un documento mío sobre el paciente… no es del paciente, por lo que queda a criterio del clínico su cesión a este.

Mejor, en este delicado campo, no alimentar la impertinente curiosidad de los juzgados.