Para cada actuación, el sujeto construye un yo que, como personaje, le representa de la mejor manera posible en el contexto constituido o por constituir. Terminada esta representación se inicia otra, para la cual el sujeto, ya apartado del yo precedente, construye otro para la siguiente escena, y así sucesivamente. De aquí, una vez más, la necesidad de diferenciar el sujeto del yo, que le pertenece porque es un módulo de él.
El yo es al sujeto lo que un miembro al conjunto al que pertenece. Por eso un yo no es el sujeto. Si lo fuera no podría hacer más que una y siempre la misma actuación. Pero hemos visto que se hacen muchas y muy variadas actuaciones, a veces contradictorias.
Esta consideración de la unidad del sujeto y la multiplicidad de sus yoes, que propone Castilla, es interesante y subsana las dificultades y las consecuencias graves de la consideración opuesta. Dice Castilla que “definir al sujeto por uno o algunos de sus yoes -como habitualmente se hace en la cotidianeidad– es un gravísimo error, con efectos negativos para el objeto sobre el cual se hace y que puede conllevar graves limitaciones para el sujeto del juicio. De cada uno, a quien se nos conoce como sujeto sólo por la singularidad de uno o varios de nuestros yoes, hay tantas posibles definiciones como actuaciones verificadas con ellos a lo largo de la vida”. Cada cual ha visto del otro un grupo de estas actuaciones, y conoce algunas más por mera referencia. ¿Cuáles son las que realmente permitiría una definición de todo él?
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