La angustia al decidir surge, porque “el decidir, es hacer, y todo hacer es una de las posibilidades de hacer, no el único y determinado hacer”.

Toda decisión, y por lo tanto todo hacer, conlleva responsabilidad sobre lo decidido, esto es, sobre lo que se hizo.

La responsabilidad – la concreta y precisa responsabilidad – viene dada por el hecho de que los haceres  posibles se han de realizar sobre situaciones concretas. Es más,  sobre esta situación en la que estoy en este preciso momento.

Se trata, en definitiva de hacer de entre lo que me es  posible  hacer, el hacer debido, como ya se ha dicho con anterioridad.

Pero, hay que considerar que no hacer, es decir, la inhibición ante la situación, es una suerte de hacer:

“Si no hacemos ahora, no hacemos nunca más en esta precisa ocasión” dice el Dr. Castilla del Pino, y nos advierte de que “el que ha vivido la experiencia de la culpa sabe que el que no hace cuando debe, está haciendo lo que no debe.”

La conciencia de la culpa, nos dice que ya no soy yo; sino que ante quien soy culpable, soy  un otro yo culpable, distinto al que era, pensado por aquel y por mí mismo.

Precisamente de esta modificación de la persona, tras la relación que ella misma establece con ese elemento real que es su vivencia, se ha de derivar el trabajo de elaboración de la culpa.

Sin embargo, conviene no olvidar, que quien experimenta la culpa, es ya sujeto, que, entre otras características, cuenta con la de ser culpable.

Del mismo modo, quien supera la culpa, no se reintegra al estado de ser preexistente, sino que, en cualquier caso “es sujeto que fue culpable”.

La vivencia de la culpa, se corresponde con el cómo se da la experiencia culpable en el sujeto.

Por tanto, es una experiencia subjetiva (única, solo de él), de ese momento íntimo, en el que se produce mentalmente, en uno mismo, la relación sujeto-realidad, en la que ha tenido lugar su  acción.